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Aviso Público de Nueva Audiencia Limitada el Cargo por Acceso a la Red

Favor de revisar el siguiente contenido acerca de las sesiones de comentarios públicos.

AVISO PÚBLICO DE NUEVA AUDIENCIA LIMITADA Y AUDIENCIAS DE COMENTARIO PÚBLICO SOBRE EL CARGO POR ACCESO A LA RED
DE ARIZONA PUBLIC SERVICE COMPANY (“APS”) APLICADO EN VIRTUD DE LA DECISIÓN NO. 79293
(EXPEDIENTE NO. E-01345A-22-0144)

Resumen
El 5 de marzo de 2024, Arizona Corporation Commission (“Comisión”) emitió la Decisión N.º 79293 en el expediente N.º E-01345A-22-0144 que establece un cargo adicional para clientes residenciales de APS que utilizan energía solar de techo y otros clientes de generación de distribución residencial en los planes con horario de uso (1) Time-of-Use 4:00 PM – 7:00 PM Weekdays (“TOU-E”), (2) Time-of-Use 3:00 PM – 8:00 PM Weekdays with Demand Charge (“R-2”) o Time-of Use 4:00 PM – 7:00 PM with Demand Charge (“R-3”). APS ha implementado el cargo adicional por acceder a la red como Grid Access Charge (“GAC”).

Para los clientes TOU-E, el GAC mensual es de $0.242/kW-dc de capacidad de generación nominal. Para los clientes R-2, el GAC mensual es de $0.250/kW-dc de capacidad de generación nominal. Para los clientes R-3, el GAC mensual es de $0.215/kW-dc de capacidad de generación nominal. Por lo tanto, suponiendo una capacidad de generación nominal de 10 kW-dc, el GAC mensual para un cliente TOU-E es de $2.42, para un cliente R-2 es de $2.50 y para un cliente R-3 es de $2.15. Los clientes de energía solar residencial con tarifas solares Legacy Solar Rates también pueden verse afectados por el resultado de la reaudiencia limitada otorgada en la Decisión N.º 79318.

El 16 de abril de 2024, la Comisión emitió la Decisión N.° 79318 otorgando una nueva audiencia limitada sobre la Decisión N.° 79293, centrándose en la adopción del GAC, incluyendo: (a) si la tarifa del GAC es justa y razonable; (b) si la tarifa del GAC debería ser más alta o más baja; (c) si la tarifa del GAC constituye una tarifa discriminatoria para los clientes de energía solar; y (d) si la omisión del GAC sería discriminatoria para los clientes que no utilizan energía solar.

NI APS, NI LA DIVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA COMISIÓN (“PERSONAL”) NI NINGÚN INTERVENTOR HA PRESENTADO AÚN TESTIMONIO EN RELACIÓN CON LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON EL GAC. LA COMISIÓN NO ESTÁ OBLIGADA POR LAS PROPUESTAS DE APS, EL PERSONAL O CUALQUIER INTERVENTOR. LA COMISIÓN DETERMINARÁ LA MEDIDA APROPIADA QUE SERÁ CONCEDIDA EN LA REAUDIENCIA LIMITADA EN BASE A LA EVIDENCIA PRESENTADA EN ESTE ASUNTO. BASÁNDOSE EN LA EVIDENCIA Y LOS ARGUMENTOS PRESENTADOS EN LA REAUDIENCIA LIMITADA, LA COMISIÓN PODRÍA REALIZAR CAMBIOS QUE RESULTEN EN UN GAC MÁS ALTO, MÁS BAJO O DIFERENTE AL ACTUAL.

Ver u obtener una copia de las Decisiones No. 79293 y 79318
Copias de las Decisiones No. 79293 y 79318 están disponibles de APS en www.aps.com/ratecase, en el centro de control de expedientes Docket Control Center de la Comisión ubicado en 1200 West Washington Street, Phoenix, Arizona y en la oficina de Tucson en 400 West Congress Street, Suite 218, Tucson, Arizona durante el horario laboral normal. Los documentos también son accesibles en la página web de la Comisión www.azcc.gov utilizando la función e-Docket.

Comentario público
La Comisión realizará las siguientes audiencias de comentario público:

Fecha

Hora

15 de octubre de 2024

Comentarios públicos POR TELÉFONO ÚNICAMENTE de 5:30 p.m. a 7:30 p.m., o hasta que la última persona termine de hablar, lo que ocurra primero.

1-877-309-3457 e ingresar el no. de participante 24601833204##.

28 de octubre de 2024

Comentarios públicos POR TELÉFONO Y EN PERSONA a las 10:00 a.m. antes del comienzo de la audiencia en 1200 West Washington, Phoenix, Arizona.

1-877-309-3457 e ingresar el no. de participante 801972877##.

Comentarios públicos escritos pueden ser enviados por correo referenciando el No. de Expediente E-01345A-22-0144 a Arizona Corporation Commission, Consumer Services Section, 1200 West Washington Street, Phoenix, AZ 85007, o sometidos a la página web de la Comisión (www.azcc.gov) utilizando “Cases and Open Meetings” y “Make a Public Comment in a Docket.” Si requiere asistencia, puede contactar a la sección de servicios al consumidor al
602-542-4251 o 1-800-222-7000.

La Comisión impondrá un límite de 3 minutos por persona para asegurar que todos los que quieran hablar tengan la oportunidad de hacerlo.

Información de audiencia pública de la Comisión
La Comisión realizará una audiencia sobre este asunto comenzando el 28 de octubre de 2024 a las 10:00 a.m., en las oficinas de la Comisión en 1200 West Washington Street, Phoenix, Arizona 85007.

Si no interviene en esta audiencia, no recibirá ningún otro aviso sobre las audiencias de este expediente a menos de que se inscriba para seguir el expediente. Sin embargo, todos los documentos presentados en este expediente están disponibles en línea (usualmente dentro de 24 horas después de la creación del expediente) en la página web de la Comisión (www.azcc.gov) utilizando la función e-Docket. Información sobre cómo seguir un expediente está disponible en la página web de la Comisión utilizando “Cases and Open Meetings” y "Follow a Docket or Document Type."

Acerca de la intervención  
UNA PERSONA INTERESADA EN LAS CUESTIONES PLANTEADAS EN LA NUEVA AUCIENCIA LIMITADA ÚNICAMENTE
puede ser concedida la intervención si el resultado del caso afectará a la persona directa y sustancialmente, y si la intervención de la persona no ampliará indebidamente las cuestiones del caso. La intervención, entre otras cosas, permite a una parte presentar pruebas bajo juramento en la audiencia y contrainterrogar a los testigos de las otras partes. La intervención no es requerida para asistir a la audiencia y proporcionar comentarios públicos, para presentar comentarios por escrito en el registro del caso o para recibir notificación por correo electrónico de cada presentación realizada en el caso al seguir el expediente.

Información sobre el significado de intervención, incluyendo una explicación de los derechos y responsabilidades de un interventor, está disponible en la página web de la Comisión (www.azcc.gov) al seleccionar “Cases and Open Meetings” y luego hacer clic en “Intervene in a Case.” La información incluye un ejemplo de solicitud de intervención y un formulario de solicitud de intervención para llenar.

Para solicitar la intervención, debe presentar una solicitud por escrito para intervenir, ya sea al (a) presentar una copia impresa (cumpliendo con los requisitos de presentación) a Docket Control (Docket Control, 1200 West Washington, Phoenix, AZ 85007), o (b) presentar su solicitud con eFiling. Su solicitud debe estar presentada o ser presentada por eFile a más tardar el 16 de septiembre de 2024. Las instrucciones y restricciones para eFiling están disponibles en la página web de la Comisión en http://azcc.gov/hearing/efile-for-utilities-instruction. También debe entregar una copia de la solicitud para intervenir a cada parte en el registro, el mismo día que presente la solicitud para intervenir a la Comisión.

Su solicitud para intervenir debe tener la siguiente información:

  1. Su nombre, domicilio y número de teléfono;
  2. El número de expediente del caso en el que está solicitando intervenir;
  3. Una declaración corta explicando:
    1. Su interés en el procedimiento (ej. un cliente de la empresa regulada implicada, un propietario en un área que será afectada por el caso, etc.),
    2. Cómo será directa y sustancialmente afectado por el resultado del caso, y
    3. Por qué su intervención no ampliará indebidamente las cuestiones del caso;
  4. Una declaración certificando que ha enviado una copia de su solicitud para intervenir a la empresa regulada o a su abogado y a todas las otras partes registradas en el caso; y
  5. Si no está representado por un abogado que sea un miembro actual de la Barra Estatal de Arizona, y si no se representará a sí mismo como individuo, suficiente información y cualquier documentación apropiada que demuestre el cumplimiento de los Reglamentos 31.1, 31.2, 31.3, 38, 39 y 42 de la Corte Suprema de Arizona, como correspondan. Esto sólo aplica si usted NO se está representando a sí mismo y si no es un abogado con licencia.

La concesión de solicitudes de intervención se regirá por A.A.C. R14-3-105, a excepción de que todas las solicitudes de intervención deben presentarse a más tardar el 16 de septiembre de 2024.

ADA/Acceso igual a información
La Comisión no discrimina por razón de discapacidad en la admisión a sus juntas públicas. Las personas con discapacidades pueden solicitar adaptaciones razonables como un intérprete de lenguaje por señas, así como solicitar este documento en formato alternativo, comunicándose con la coordinadora de ADA, Carolyn Buck, correo electrónico ADACoordinator@azcc.gov, número telefónico 602-542-2247. Las solicitudes deben hacerse lo antes posible y a más tardar 48 horas antes del evento para dar tiempo a organizar las adaptaciones.



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